Descripción
Ubicado en el corazón de Mar de Ajó, este encantador departamento de tres ambientes ofrece una oportunidad única para quienes buscan vivir en una zona céntrica sin tener que preocuparse por expensas. Situado sobre la vibrante peatonal, el departamento es ideal tanto para residencia permanente como para inversiones en alquiler.
El inmueble cuenta con una superficie cubierta de 40 m2, inteligentemente distribuida en una cocina-comedor funcional, un baño completo y dos cómodos dormitorios. Además, dispone de un patio de 9 m2 que incluye una parrilla, perfecto para disfrutar de reuniones al aire libre.
Con 50 años de antigüedad, la propiedad se encuentra en estado vacío y está equipada con todos los servicios esenciales: agua corriente, electricidad y cloacas.
Adicionalmente, el departamento es amoblado y apto para mascotas, lo que lo convierte en una opción atractiva para diversas necesidades. Su ubicación en Jorge Newbery 60 permite un fácil acceso a todas las comodidades que ofrece Mar de Ajó, potenciando su atractivo tanto para vivir como para alquilar.
AVISO LEGAL: 1) Las descripciones arquitectónicas y funcionales, fotos, renders, memorias descriptivas, medidas del inmueble, precios, valores de expensas, impuestos y servicios y fechas de entrega de los emprendimientos son aproximados, meramente orientativos y no vinculantes. 2) Los datos fueron proporcionados por el propietario o por el desarrollador y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo que pueden arrojar inexactitudes y discordancias respecto de los datos exactos, los cuales surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble. 3) Recomendamos y sugerimos al usuario y/o al interesado realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo -a tal fin- por sí o a través de profesionales las copias necesarias de la documentación que estimen necesario conocer con exactitud. 4) La venta está supeditada al cumplimento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general de AFIP N° 2.317 (solicitud de COTI).
Mostrar más
Mostrar menos